El juzgado 66 del Circuito Judicial de Bogotá ordenó al presidente Gustavo Petro retractarse públicamente por la polémica frase sobre el clítoris pronunciada durante un Consejo de Ministros televisado el 17 de septiembre. La justicia determinó que el comentario vulneró los derechos fundamentales de las mujeres y reprodujo estereotipos sexistas contrarios a la dignidad humana.
El presidente Gustavo Petro enfrenta una orden judicial que lo obliga a retractarse públicamente en un plazo de cinco días por su polémica frase pronunciada en un Consejo de Ministros televisado el pasado 17 de septiembre de 2025. Durante la transmisión, el mandatario declaró: “Una mujer libre hace lo que se le dé la gana con su clítoris y con su cerebro, y si sabe acompasarlo, será una gran mujer.” La frase generó de inmediato una ola de críticas de colectivos feministas, académicas y figuras políticas que calificaron el comentario como machista y degradante hacia las mujeres.
“Afirmar que el éxito de una mujer depende de ‘acompasar’ el clítoris con el cerebro es profundamente ofensivo e irrespetuoso. Las mujeres triunfan con educación, talento, disciplina, oportunidades y carácter”, señaló Edna Bonilla Sebá, exsecretaria de Educación de Bogotá y profesora de la Universidad Nacional.
La controversia llevó a la ciudadana Tatiana Echavarría Arango a interponer una acción de tutela, alegando que las palabras del presidente constituían un discurso de odio de género que afectaba su dignidad y la de su hija. El juzgado 66 del Circuito Judicial de Bogotá, presidido por el juez Milton Jojani Miranda Medina, le dio la razón y ordenó al presidente disculparse públicamente durante una nueva sesión del Consejo de Ministros, que deberá transmitirse por los mismos canales nacionales donde se difundió la afirmación original. El fallo también le exige participar en una capacitación obligatoria sobre género, diversidad e inclusión, bajo la supervisión de la Defensoría del Pueblo o la Procuraduría General de la Nación.
El juez argumentó que el discurso del presidente reproduce estereotipos patriarcales y constituye una forma de discriminación que afecta los derechos fundamentales de las mujeres. En el texto de la sentencia se lee: “La afirmación del presidente reproduce estereotipos de género de tipo sexista y patriarcal que afectan directamente la integridad moral, la dignidad, la igualdad y el libre desarrollo de la personalidad de las mujeres.” La decisión también subraya que, al provenir de la máxima autoridad del Estado, las expresiones adquieren mayor gravedad por su capacidad de influir en la opinión pública y normalizar conductas discriminatorias.
El fallo judicial se apoya en el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia, que garantiza la igualdad ante la ley y la no discriminación por razones de sexo, y en el artículo 20, que impone límites a la libertad de expresión cuando se incurre en discursos de odio o violencia simbólica. El juez enfatizó que “no se trata de censurar al presidente, sino de recordarle que el lenguaje institucional debe ser ejemplar, respetuoso y no sexista”. La sentencia cita además que los discursos que vinculan la valía femenina al cuerpo o la sexualidad “reproducen una cultura de desigualdad incompatible con el deber estatal de proteger los derechos de las mujeres”.
El presidente Petro, hasta el momento, no se ha pronunciado oficialmente sobre la decisión. Sin embargo, durante la controversia inicial insistió en que sus palabras fueron “malinterpretadas” y que su intención era “naturalizar el lenguaje corporal” para promover debates sobre libertad sexual. La justicia, en cambio, consideró que el comentario “no educa ni libera”, sino que “cosifica y reduce el valor de las mujeres al plano sexual”. El país espera ahora si el mandatario cumplirá con el fallo judicial o buscará un recurso legal, en un momento en que la tensión entre el lenguaje del poder y la lucha feminista por la igualdad vuelve a ocupar el centro del debate nacional.
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