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            Suben copagos y cuotas moderadoras: el costo de ir al médico será mayor en 2026

            El Ministerio de Salud informó que, para el año 2026, se actualizaron los valores de copagos y cuotas moderadoras que deben pagar los afiliados al sistema de salud, tanto del régimen contributivo como del subsidiado. La decisión quedó oficializada mediante un documento administrativo publicado el 31 de diciembre y se calcula con base en la Unidad de Valor Básico (UVB), la cual fue fijada en $12.110 para este periodo.

            Según explicó la cartera de Salud, esta actualización responde a una obligación legal derivada de la creación de la UVB en la Ley 2294 de 2023, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026. Este mecanismo reemplazó al salario mínimo y a la Unidad de Valor Tributario como referente para indexar tarifas, cobros y otros valores del Estado. El ministerio precisó que la UVB se ajusta anualmente con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor sin alimentos ni regulados, certificado por el DANE.

            La cuota moderadora es un aporte que deben pagar los afiliados al régimen contributivo cada vez que acceden a servicios ambulatorios, como citas médicas u odontológicas, entrega de medicamentos, exámenes de laboratorio o radiografías. Los afiliados al régimen subsidiado están exentos de este pago. Por su parte, el copago corresponde a un porcentaje del valor del servicio que se aplica en procedimientos de mayor complejidad, como cirugías, hospitalizaciones, apoyos terapéuticos y diagnósticos de nivel dos y tres. En el régimen contributivo, este pago recae únicamente sobre los beneficiarios, mientras que en el subsidiado lo asumen todos los afiliados, aunque con topes máximos establecidos para evitar afectaciones desproporcionadas.

            El Ministerio recordó que estos pagos están contemplados desde la Ley 100 de 1993 y que normas posteriores, como el Acuerdo 260 de 2004 y el Decreto 1652 de 2022, definieron su naturaleza, condiciones de aplicación y límites máximos. Con la entrada en vigencia del artículo 313 del Plan Nacional de Desarrollo, la UVB se convirtió en el referente obligatorio para su actualización anual, garantizando que los valores se ajusten a la inflación real y no dependan del aumento del salario mínimo.

            De acuerdo con los valores fijados para 2026, la cuota moderadora para afiliados al régimen contributivo con ingresos inferiores a dos salarios mínimos será de $5.000. Para quienes tengan ingresos entre dos y cinco salarios mínimos, el valor será de $20.100, mientras que para afiliados con ingresos superiores a cinco salarios mínimos, la cuota moderadora ascenderá a $52.800.

            En cuanto a los copagos del régimen contributivo, los beneficiarios con ingresos menores a dos salarios mínimos deberán asumir el 11,5 % del valor del servicio, con un tope máximo por evento de $373.715 y un límite anual de $748.882. Para ingresos entre dos y cinco salarios mínimos, el copago será del 17,3 %, con un tope por evento de $1.497.644 y un máximo anual de $2.995.409. Quienes superen los cinco salarios mínimos pagarán el 23 % del servicio, con un tope por evento de $2.995.409 y un límite anual de $5.990.696.

            En el régimen subsidiado, el copago no podrá superar el 10 % del valor total del servicio. El tope máximo por evento será de $651.155 y el límite anual por persona será de $1.302.309. El Ministerio reiteró que esta actualización no modifica la estructura del sistema, sino la forma de cálculo de los valores, manteniendo los criterios de protección para los afiliados según su régimen y nivel de ingresos.

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