El Consejo de Estado cerró el debate sobre Gente en Movimiento: anuló su personería jurídica y dejó sin efectos la resolución del CNE que le había dado vida legal.
El Consejo de Estado anuló la personería jurídica del partido Gente en Movimiento, fundado por el exministro Mauricio Lizcano, al declarar la nulidad de la Resolución 2938 del 19 de abril de 2023 emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE). Con este fallo, el tribunal puso punto final a la discusión sobre la validez legal de esa colectividad política.
La sentencia estableció que la decisión no tendrá efectos retroactivos sobre actos ya cumplidos, sino que aplicará a partir de la ejecutoria de la sentencia. Asimismo, aclaró que no procede ningún recurso contra la determinación, pues fue adoptada en única instancia. En consecuencia, el partido queda sin personería jurídica y el debate jurídico queda cerrado.
Tras conocer el fallo, Mauricio Lizcano se pronunció públicamente a través de su cuenta en X (antes Twitter). En su mensaje calificó la decisión como “injusta”, aunque dijo respetarla:
“La pérdida de personería del partido Gente en Movimiento por parte del Consejo de Estado, es una decisión que respetamos, pero que no compartimos por injusta. Desconoce el derecho de las víctimas y revictimiza a mi padre”, señaló el exministro.
Lizcano recordó que el reconocimiento de la colectividad se había sustentado en la sentencia SU-257 de 2021 de la Corte Constitucional, con ocasión del caso del Nuevo Liberalismo, en la que se reconoció el derecho a restituir personerías a movimientos políticos afectados por violencia. Según él, el secuestro de su padre, el excongresista Óscar Tulio Lizcano, a manos de las FARC, debía interpretarse como un caso de violencia política con efectos en los derechos de la familia.
Frente a esta situación, anunció que presentará una tutela ante la Corte Constitucional para exigir el cumplimiento de esa jurisprudencia. Además, aseguró que la decisión no afecta su aspiración presidencial, ya que su candidatura se inscribió por firmas, con el respaldo de más de 415.000 apoyos ciudadanos recolectados hasta la fecha.
El antecedente del caso se remonta a 2023, cuando el CNE otorgó la personería jurídica a Gente en Movimiento, al interpretar que la violencia sufrida por Óscar Tulio Lizcano habilitaba el mismo criterio aplicado en el caso del Nuevo Liberalismo, tras el asesinato de Luis Carlos Galán. Sin embargo, la Procuraduría General de la Nación cuestionó esa decisión y solicitó al Consejo de Estado declarar la nulidad, al considerar que no existía relación directa entre el secuestro y la supuesta afectación política de un movimiento que, en ese momento, ni siquiera existía.
Con este fallo, el Consejo de Estado acogió la postura de la Procuraduría y concluyó que los precedentes utilizados por el CNE no eran aplicables al caso de Gente en Movimiento, dejando sin personería jurídica al partido y poniendo fin a su vida legal como colectividad.
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