El alto tribunal negó la solicitud de medidas cautelares del abogado Raymundo Marenco, quien alegó vicios de procedimiento en la sesión que dio concepto desfavorable a la consulta popular promovida por el presidente.
El Consejo de Estado, a través de su Sección Quinta, negó este miércoles la solicitud del abogado Raymundo Marenco, quien pedía anular de manera provisional el acta de la sesión del Congreso que hundió la propuesta de consulta popular impulsada por el presidente Gustavo Petro. La iniciativa presidencial surgió después del fracaso de la reforma laboral en el Legislativo y buscaba llevar directamente a los ciudadanos una serie de transformaciones estructurales.
Marenco argumentó que la sesión legislativa del Congreso estuvo plagada de irregularidades. Señaló que el número de votos no coincidía con la cantidad de congresistas registrados y que algunos, como el senador Richar Fuelantala, aparecían como presentes, pero se abstuvieron de votar. Además, denunció que el secretario general del Senado habría modificado el sentido del voto del senador Édgar Díaz Contreras, pasando de positivo a negativo, una vez cerrada la votación.
Sin embargo, el alto tribunal rechazó la solicitud de medida cautelar. En su decisión, los magistrados fueron claros: “Negar las medidas cautelares solicitadas por el demandante y los terceros referidos en la parte motiva de la presente decisión, conforme los argumentos expuestos”. El auto también subraya que, hasta esta etapa procesal, no existen pruebas suficientes que permitan establecer con claridad que hubo una transgresión al ordenamiento jurídico.
“No se advierte, en esta etapa procesal, la ocurrencia de las irregularidades planteadas por el demandante que conduzca a suspender el acto por medio del cual el Senado decidió dar concepto desfavorable a una consulta popular del orden nacional”, señaló el Consejo de Estado en el auto.
El tribunal también indicó que la supuesta violación de normas en el procedimiento de la sesión parlamentaria es un tema que deberá resolverse en la sentencia definitiva. En este momento inicial, no se configura un desconocimiento evidente de la ley que amerite la suspensión del acto demandado.
Este proceso es independiente del iniciado por congresistas como Efraín Cepeda y Nadia Blel, quienes sí lograron suspender de forma provisional el decreto emitido por el presidente Petro para convocar directamente la consulta popular. Posteriormente, el presidente derogó dicha convocatoria para proponer una nueva figura: una asamblea constituyente, elevando el debate político e institucional a otro nivel.
Todos los derechos reservados El Pirobo news