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            • Detención domiciliaria
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            • segunda instancia
            • Soborno a testigos
            • Tribunal Superior de Bogotá

            El Tribunal Superior de Bogotá revocó la detención domiciliaria del expresidente Álvaro Uribe Vélez, lo que le permite permanecer en libertad mientras avanza la segunda instancia por fraude procesal y soborno a testigos.

            El expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez fue notificado oficialmente de su libertad luego de que el Tribunal Superior de Bogotá revocara la detención domiciliaria impuesta por la jueza 44 de conocimiento, Sandra Heredia, en el fallo del pasado 1 de agosto. La decisión se produjo tras la apelación presentada por la defensa del exmandatario, en el marco del proceso penal por los delitos de fraude procesal y soborno a testigos.

            Uribe, quien se encontraba bajo detención domiciliaria tras ser condenado a 12 años de prisión en primera instancia, utilizó su cuenta de X (antes Twitter) para anunciar la noticia. En su mensaje expresó: “Acabo de recibir la boleta de libertad. A las 5 pm en las calles de Sabaneta. Después misa en María Auxiliadora. Cada minuto de mi libertad lo dedicaré a luchar por la libertad de Colombia”.

            El expresidente, de 73 años, ya había anticipado su determinación un día antes, el 19 de agosto, cuando agradeció a Dios y a sus simpatizantes por las manifestaciones de respaldo: “Gracias a Dios, gracias a tantos compatriotas por sus expresiones de solidaridad. Cada minuto de mi libertad lo dedicaré a la libertad de Colombia”.

            La jueza Sandra Heredia había ordenado la detención domiciliaria inmediata tras emitir la condena, convirtiendo a Uribe en el primer expresidente colombiano sentenciado por la justicia ordinaria. Sin embargo, la defensa cuestionó duramente la medida alegando vulneración de derechos fundamentales, entre ellos la libertad, el debido proceso, la dignidad humana y la presunción de inocencia.

            Tres días después del fallo, los abogados de Uribe interpusieron una tutela que derivó en la revisión de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá. Tras el análisis, el tribunal concluyó que no existían fundamentos sólidos para justificar la detención domiciliaria, señalando que la jueza había sustentado su decisión en percepciones subjetivas sobre la personalidad del procesado y la opinión pública. En su resolución, el alto tribunal precisó: “El sujeto solo debe responder por lo que hizo o dejó de hacer, no por su personalidad”.

            De esta manera, Uribe podrá continuar en libertad mientras se desarrolla la segunda instancia del proceso judicial que podría redefinir su futuro político y personal. El fallo no anula la condena emitida en primera instancia, pero sí garantiza que el exmandatario permanezca libre mientras se resuelve la apelación.

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